Seguros Agropecuarios

Nuestro seguro agrario ofrece coberturas amplias para Responsabilidad Civil de explotación, patronal, productos, contaminación accidental repentina, daños por el ganado a los cultivos, defensa y fianzas, etc…

En las líneas de seguro agrario para cultivos agrícolas, respondemos ante los daños que puedan sufrir las cosechas debido a adversidades climáticas (pedrisco, viento huracanado, helada, inundación, sequía…) y por otros riesgos naturales que no puedan ser controlados por la acción del hombre.


En las líneas de ganado, te ofreceremos coberturas frente a accidentes, enfermedades, gastos derivados de la destrucción de animales muertos y sequía en pastos. En seguros forestales, exclusivamente para la cobertura de incendios forestales.

SEGUROS AGRÍCOLAS

En estas líneas el asegurado decide el nivel de protección que mejor se adapte a sus necesidades, a nivel explotación (modulo 1), unos riesgos por explotación y otros por parcela (módulo 2) o todos los riesgos a nivel de parcela (módulo 3 y P).

Garantías:

  • En producción cubre los daños en cantidad y calidad por distintos riesgos que, en función de la línea asegurada, pueden ser: riesgos de falta de cuajado (de origen climático), helada, pedrisco, mala nascencia/no implantación, virosis, ahuecado en sandía… riesgos excepcionales (*) y resto de adversidades climáticas.
  • En plantación cubre la muerte del árbol/plantón, así como en algunas líneas, la pérdida de la cosecha del año o años siguientes.
  • En instalaciones se cubren los daños ocasionados por cualquier riesgo climático garantizado en la producción no controlable por el agricultor.
    *Fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado.

Existen diferentes líneas de seguros en función del cultivo que se desee asegurar así como del destino del mismo:

Código línea seguroCultivos
309Cereales, Oleaginosas, Leguminosas para grano
315Cultivos destinados a forraje
301Cítricos
300Frutales
314Olivar
318 y 307Hortícolas al aire libre de primavera-verano y otoño-invierno
306Hortícolas bajo Invernadero
323 y 326Cultivos industriales textiles y no textiles
302, 308, 305 y 313Hortalizas, Tomate, Plátano y Uva de vinificación en Canarias
310Frutos Secos
311Caqui y otros Frutales
312 y 321Uva de vinificación y uva de mesa en península y Baleares
317Cerezas
320 y 325Planta viva, Flor cortada, viveros y semillas tanto en Península y baleares como en canarias
SEGUROS GANADEROS

En estos seguros se parte de una garantía básica a la que se le puede ir añadiendo diferentes garantías adicionales en función de las características de la explotación.

En función del tipo de ganado que se desea asegurar así como de su destino, existen diferentes líneas de seguro:

Ganado Vacuno:

  • Línea 401. Explotaciones dedicadas a la Reproducción y Recría.
  • Línea 402. Explotaciones dedicadas al cebo.
  • Línea 403. Explotaciones dedicadas a la Lidia.

Ganado Ovino y Caprino:

  • Línea 404. Explotaciones dedicada a la Reproducción y Recría.

Ganado Equino:

  • Línea 405. Explotaciones dedicadas a la Reproducción y Recría de Razas Puras de mediano formato y de Raza Española, Cebo y resto de explotaciones.

Ganado Aviar:

  • Línea 406. Explotaciones de ganado aviar para carne.
  • Línea 407. Explotaciones de ganado aviar para puesta.

Ganado Porcino:

  • Línea 408. Explotaciones dedicadas tanto al cebo como el resto de explotaciones.

Resto de ganado:

  • El resto de ganado no contemplado en las líneas anteriores se puede asegurar bajo la línea 409, Tarifa general ganadera
  • Pérdida de pastos.  Línea 410. Compensa a los ganaderos el mayor gasto derivado de la necesidad de suplemento de alimentación a consecuencia de una falta de pastos en explotaciones de ganado bovino reproductor y de lidia, ovino y caprino reproductor y equino en extensivo. El ganadero podrá ajustar su nivel cobertura con la posibilidad de elegir entre un garantizado superior y un garantizado estándar, pudiendo además, combinar estos garantizados con una tabla de indemnizaciones normal o mejorada.
  • PREGUNTAS Y RESPUESTAS:
  •  AGRÍCOLA
    • ¿EL ASEGURADO ESTÁ OBLIGADO A FIJAR UN VOLUMEN DE KILOS DE COSECHA ? ¿HAY UN RANGO QUE LIMITE MÁXIMOS Y MÍNIMOS POR CULTIVOS Y POR COMARCAS GEOGRAFICAS?
    El asegurado debe establecer una producción que debe ajustarse a las esperanzas reales de producción.Cada opción de contratación de cada línea de seguro marca si es el asegurado puede fijar esa producción libremente o tiene unos límites (máximos y/o mínimos). Suele haber un límite de mínimos y máximos, que no solo dependen de las zonas geográficas, sino también de la siniestralidad, las características del asegurado, etc.

    • ¿LOS CRITERIOS DE INDEMNIZACION QUEDAN REFLEJADOS EN LA POLIZA?
    En póliza se refleja un extracto de las condiciones de aseguramiento elegidas por el asegurado, el resto de condiciones aplicables al contrato, se encuentran recogidas en la Condiciones Generales y Especiales del sector en concreto. Los criterios de indemnización valoración están establecidos en las Normas Especificas de Peritación de cada Sector Productivo, normas perfectamente reguladas y publicadas.

    • LINEA 306. SI AL CLIENTE SOLO LE INTERESA ASEGURAR EL INVERNADERO, SE PUEDE FIJAR UN MÍNIMO DE KILOS POR COSECHA CON IDEA DE ASEGURAR SOLO LA INSTALACION?
    No es un planteamiento correcto. El Seguro Agrario cubre la producción, como aseguramiento principal y objetivo del Plan de Seguros Agrarios, pero desde hace varias campañas se pueden cubrir en la misma póliza parte de los ELEMENTOS PRODUCTIVOS; necesarios para el correcto desarrollo del cultivo. Es decir, la partida importante del seguro es la producción, el resto además es opcional.

    • LINEA 309. ¿EN CASO DE SEQUÍA EN CEREALES SE PUEDE APROVECHAR PARA VERDE (FORRAJE O PASTO DE GANADO)?
    Una vez se hayan tasado las pérdidas por sequía, sí se puede realizar. Solo tiene que comunicarlo a Agroseguro a través de la declaración de siniestro para poder adelantar la tasación y calcular correctamente las pérdidas.

     AMBOS
    • LOS SEGUROS AGRARIOS SE BENEFICIAN DE BONIFICACIONES Y RECARGOS POR SINIESTRALIDAD ¿CUALES SON LOS CRITERIOS? ¿Y LOS PORCENTAJES?
    Si, efectivamente, las normas de contratación de los seguros agrarios nos indican para cada sector productivo el sistema de bonificación o recargo por siniestralidad del Asegurado. Los criterios para su aplicación pueden depender de varios parámetros (indemnizacion, prima pagada, declaracion de siniestro...). Generalizando todos los sectores podemos encontrarnos con distintos tramos que pueden ir desde un recargo máximo del -150% y del 50% de bonificación.

    • ¿QUIEN DEBE CONTRATAR UN SEGURO AGRARIO, EL PROPIETARIO, EL ARRENDATARIO, CUALQUIERA DE LOS DOS, EL INTEGRADO, EL INTEGRADOR…..?
    Hay que tener en cuenta que el NIF del Asegurado conlleva una serie de condiciones que pueden cambiar las condiciones de aseguramiento, o abaratar o encarecer la prima por lo que habrá que consultar en la Norma de contratación del Sector productivo en cuestión para comprobar quien debe o puede ser el Titular del seguro.No se pueden generalizar casuísticas en los seguros agrarios. Nos podemos encontrar con líneas donde pueden asegurar cualquiera de los dos, propietario o arrendatario, lineas donde es obligatorio que el titular de la Pac coinicida con el titular del seguro, o en ganado el titular propietario del libro de explotación , salvo los integradores en porcion que tambien pueden ser titulares del seguro.

    PECUARIOS
    • ¿QUÉ MODIFICACIONES SE PUEDEN HACER EN LAS POLIZAS DE GANADO?
    A través de la web de agrarios se pueden solicitar cambios en el nº de animales. Con la póliza en estado ENVIADA en el botón DOCUMENTOS, encontraremos el el P068 que nos permitirá realizar la solicitud. El resto de modificaciones y correcciones hay que tramitarlas a través de Caser por escrito y con el mayor detalle posible.

    • ¿CUANDO SE REALIZA UNA MODIFICACION CON VARIACION DE LA PRIMA, HAY QUE REALIZAR EL PAGO COMO LA PÓLIZA ORIGINAL?
    No, las regularizaciones de prima en general se realizan una vez emitido el recibo del suplemento correspondiente, al Tomador quien se encargará de realizar la liquidación correspondiente al Asegurado. En el caso de pólizas fraccionadas, será Agroseguro quien, al domiciliar los 2º ó 3º pagos liquide, si corresponde el suplemento solicitado.

    • Y SI POR ERROR SE HA PAGADO UN IMPORTE DIFERENTE
    En este caso hay que ENVIAR a Agroseguro la solicitud con los datos de la trasferencia "reales" aunque sean "erróneos", en paralelo habrá que enviar para su tramitación como incidencia copia del justificante de pago y la explicación oportuna de lo ocurrido a Caser.

    • EN QUE CONSISTE UNA SUSPENSION DE GARANTIAS
    En el momento de contratar, el asegurado debe indicar el censo real de sus explotaciones, el incumplimiento de esta obligación en más de un 7% de diferencia entre valor real y el valor asegurado conlleva la pérdida de la indemnización. El asegurado tiene que modificar el nº de animales y Agroseguro regularizará la prima desde el inicio de garantías.

    • AL CONTRATAR UN SEGURO DE GANADO, HAY QUE REFLEJAR EL Nº DE CABEZAS QUE FIGURA EN SU LIBRO DE EXPLOTACION? ¿ HAY QUE ENVIAR COPIA DEL LIBRO?.
    Al inicio de la contratación, hay que reflejar como mínimo el nº de animales que constan en el censo. posteriormente a la contratación mantener actualizado el libro dando de alta o baja animales siempre y cuando no se supere el 7% del capital asegurado. En cualquier caso, SOLAMENTE hay que enviar a Caser copia del libro de explotación en caso de BAJA DE ANIMALES, o cuando Agroseguro lo requiera.

    • ¿EL SEGURO DE RETIRADA DE ANIMALES MUERTOS ES OBLIGATORIO, O ES OBLIGATORIA LA RETIRADA, POR LOS MEDIOS QUE SEA Y POR PARTE DEL GANADERO?
    Lo que es obligado es la retirada y destruccion de los animales muertos. En cada Comunidad existen unas empresas que han sido autorizadas para prestar este servicio. El seguro permite un importante abaratamiento de este coste al ser un seguro subvencionado por las instituciones públicas.

















Otros seguros


ASEGURAR RESPONSABILIDAD CIVIL AGROPECUARIA

También puedes añadir a tu seguro agrario nuestro seguros de responsabilidad civil. De esta forma si tu explotación provoca un daño a terceros tendrás este riesgo protegido. Para más información, llámanos o envia la solicitud de información.

SEGUROS GENERALES
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